El pasado 11 de julio entró en vigor la Ley 9/2018, de 28 de junio, de modificación de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, tal como prevé su Disposición Final Única (Boletín Oficial de Aragón número 132 de 10 de julio de 2018)

La modificación operada por la referida Ley 9/2018 afecta a los siguientes preceptos de la Ley 8/2013:

  • Artículo 25.1
  • Disposición Transitoria Segunda
  • Disposición Transitoria Tercera
  • Disposición Transitoria Cuarta.

La Disposición Transitoria 25.1 de la Ley 8/2013 supone la inclusión como sistema de acceso en la categoría de Policía de la movilidad junto con el tradicional sistema de oposición.

En cuanto a las  Disposiciones Transitorias 2ª, 3ª y 4ª, supone la supresión de aquellos párrafos que hacían referencia a la imposibilidad de incremento del gasto público como consecuencia de la integración tanto de los Auxiliares de Policía (integrados en la categoría de Policía), como de los miembros de la Escala Ejecutiva (categorías de Policía y Oficial integrados en subgrupo C-1) y sin olvidar (como otros) la integración de los miembros dela Escala Técnica (categorías de Subinspector e Inspector en subgrupo A-2) que la redacción original limitaba en cuanto a sus retribuciones, la cual ha supuesto en la práctica la imposibilidad de que el complemento específico de todos ellos se adecuara al que correspondía a cada puesto.

El apartado I del Preámbulo de la Ley 9/2018 termina con la restrictiva interpretación que los Ayuntamientos venían haciendo de dichas Disposiciones Transitorias, dejando claro que aquellas Disposiciones Transitorias estaban únicamente referidas al momento concreto y puntual de la integración en el año 2013, como defendió en todo momento CSL.

EL tiempo nos ha dado la razón.

Por todo ello, CSL Aragón ha registrado en todas las poblaciones de Aragón, tras la entrada en vigor de las modificaciones (como debe ser, nunca antes) escrito solicitando:

  1. Que en relación con los sistemas de ingreso o acceso a la categoría de Policía se tenga en cuenta el sistema de movilidad, conforme a la nueva redacción del artículo 25.1 de la Ley 8/2013.
  2. Que se proceda al reconocimiento de los derechos de los miembros de los Cuerpos de las Policías Locales integrados en las categorías de Policía, Oficial, Subinspector e Inspector, a las retribuciones, tanto básicas como complementarias, correspondientes al puesto y Subgrupo en el que se encuentran integrados, sin restricción alguna, con efectos 11 de julio de 2018.
  3. Proceder al reintegro de las cantidades dejadas de percibir desde la fecha en que los diferentes ayuntamientos, tras ejecutar la integración legalmente pertinente, procedió a la limitación retributiva contemplada en las Disposiciones Transitorias citadas, siempre y cuando dicha integración y restricción retributiva fuese posterior, en cualquier caso, al 1 de enero de 2014, puesto que la “congelación” retributiva únicamente resultaba aplicable en el ejercicio 2013.
  4. Que se proceda en los diferentes ayuntamientos a la inmediata integración a efectos retributivos en el Subgrupo A-2 de aquellos miembros de los cuerpos de las policías locales que desarrollando puestos de trabajo correspondientes a la Escala Técnica (Subinspectores e Inspectores) no cuentan con la titulación correspondiente a dicho subgrupo, y que en la actualidad continúan estando en el Subgrupo C-1 y todo ello con efectos desde el 11 de julio de 2018.

CSL Aragón ha presentado en tiempo y forma correctos, y sin olvidarse de nadie, la reclamación oportuna.

Hemos sido el único sindicato que es mencionado expresamente en el Preámbulo de la Ley 9/2018, y eso se debe al trabajo constante, impecable y en defensa de los compañeras y compañeros de todas las Policías Locales de Aragón. Esta es una buena razón para seguir trabajando en defensa de nuestros derechos.

Colgamos adjunto la solicitud registrada en Zaragoza. También para aquellos que la quieran copiar (como en tantas y tantas ocasiones ocurre con nuestro trabajo) ya que, por interés general, es mejor que al menos lo hagan bien.

Aclarar que dicha reclamación se ha llevado a cabo también en todas las localidades de la Comunidad Autónoma.