En relación con la información publicada por el sindicato STAZ en su página web el día 21 de mayo de 2018 (Carta a Cubero - ver adjunto), en la que “comunicaban” al Sr. Cubero, Consejero del Ayuntamiento de Zaragoza, la existencia de una serie de procedimientos judiciales contra la Oferta de Empleo Público de 2017, en la que mencionan expresamente a CSL-Aragón, queremos hacer las siguientes precisiones:

En primer lugar, expresar nuestro “agradecimiento” a ese sindicato por la publicidad que supone divulgar una información sobre las actividades y actuaciones de CSL-Aragón en defensa de los intereses de todos los trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza.

En segundo lugar, queremos dejar claro que el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CSL-Aragón únicamente se refiere a los procesos de estabilización contenidos en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Zaragoza para el año 2017 que afectan a afiliados de nuestro sindicato por considerar ilegal la forma en la que se ha procedido a llevar a cabo ese proceso de estabilización, ya que no garantiza que disminuya la temporalidad en el Ayuntamiento de Zaragoza, y por tanto no se han recurrido ni los procesos de consolidación, ni la promoción interna, ni el resto de plazas ofertadas, dado que CSL-Aragón apuesta por el empleo público estable y de calidad.

En tercer lugar, desde CSL-Aragón queremos hacer las siguientes matizaciones a las consideraciones jurídicas que la publicación contiene y que únicamente inducen a confusión y desinformación, pero teniendo bien claro que no justificamos lo que el Ayuntamiento de Zaragoza está haciendo con todos sus trabajadores ni tampoco consideramos que deba judicializarse toda la actividad municipal, que debería basarse en la transparencia y en una negociación colectiva real y de buena fe:

  • El fraude de ley, abuso de derecho y desviación de poder no son delito. El Código Penal no incluye estos conceptos de carácter administrativo.
  • Las referencias a las relaciones estatutarias temporales (ya sean con carácter de personal interino, eventual o temporal por sustitución) se refieren única y exclusivamente a personal de los servicios sanitarios (médicos, enfermeros, etc…) de los distintos Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, por lo que hablar de relaciones estatutarias en el Ayuntamiento de Zaragoza no tiene sentido.
  • Las referencias a la Comunidad Económica Europea suponemos que en realidad se refieren a la Unión Europea. (¿?).
  • La Unión Europea no ha sancionado a España por delito alguno en esta materia.

En cuarto lugar, CSL-Aragón es el único sindicato con representación en el Ayuntamiento de Zaragoza que está defendiendo los intereses de sus afiliados al recurrir los procesos de estabilización de empleo público contenidos en la OEP 2017. Si el sindicato que publica tales informaciones considera que la Oferta de Empleo Público 2017 del Ayuntamiento de Zaragoza no respeta los derechos de los trabajadores ¿por qué no la ha recurrido?, y ¿por qué ahora intenta patrimonializar los esfuerzos de otros sindicatos?

¡¡¡No obstante GRACIAS!!!. Da mucha satisfacción ver como otros sindicatos entienden nuestra postura en defensa de los trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza.

¡¡¡MILLONES DE GRACIAS!!!