El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, (real decreto-ley en materia de igualdad laboral) incluye grandes novedades respecto al permiso de lactancia: la ampliación del permiso a los dos progenitores, y la imposibilidad de trasferir su ejercicio al otro progenitor.
De su redacción se deduce que:
Constituye un derecho individual de los funcionarios, sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor, adoptante, guardador o acogedor.
Se podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule jornadas completas el tiempo correspondiente. Esta modalidad se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprenden los citados permisos.
Cada progenitor trabajador tendrá derecho a 1 hora al día de ausencia del trabajo, que podrá disfrutarse diariamente, acumulado o dividido en dos fracciones, con las condiciones o mejoras que en estos casos marque la negociación colectiva.
El permiso por lactancia pasa a ser un derecho individual de cada uno de los progenitores. No obstante, si ambos trabajan en la misma empresa, el disfrute simultáneo puede restringirse por razones organizativas.
Entra en vigor para los nacidos a partir del 8 de marzo de 2019 o cuando la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o la resolución por la que se constituya la adopción sea a partir de la fecha indicada.
EN RESUMEN: